Ley 15.125 de 1963
26-ENE-1963
08-ENE-1963
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Norte, camino de Putabla, hoy Avenida Pedro Aguirre Cerda, donde mide 40 metros de frente.
El terreno de propiedad municipal que se transfiere, se encuentra inscrito a fojas 854, N° 803 del Registro de Propiedad de Valdivia, con fecha 24 de noviembre de 1960.
Santiago, ocho de enero de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río.
Fecha
Publicación:
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Fecha Promulgación:
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AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE AL
CLUB DE DEPORTES "LAS ANIMAS", EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS
DESLINDES SEÑALA, UBICADO EN ESA CIUDAD, CON EL FIN DE QUE ESTE LO DESTINE A LA
CONSTRUCCION DE UN GIMNASIO.
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad
de Valdivia para transferir gratuitamente al "Club de Deportes Las
Animas" un terreno de su propiedad, ubicado en esta ciudad, y que tiene
los siguientes deslindes especiales:
Norte, camino de Putabla, hoy Avenida Pedro Aguirre Cerda, donde mide 40 metros de frente.
Sur, terreno del donante, hoy Sucesión Brauning, donde mide 40 metros.
Este, terreno del donante, hoy calle Bombero Klaasen, con sesenta metros, y
Oeste, terreno del donante, hoy Sucesión Brauning.
Este, terreno del donante, hoy calle Bombero Klaasen, con sesenta metros, y
Oeste, terreno del donante, hoy Sucesión Brauning.
El terreno de propiedad municipal que se transfiere, se encuentra inscrito a fojas 854, N° 803 del Registro de Propiedad de Valdivia, con fecha 24 de noviembre de 1960.
Artículo 2° La transferencia gratuita que se
autoriza por la presente ley, es con el exclusivo objeto de que el terreno sea
destinado a la construcción de un Gimnasio para el Club de Deportes Las Animas,
de Valdivia.
Artículo 3° Si por cualquier causa el predio
individualizado en el artículo 1° se destinare a fines diversos del señalado en
el artículo anterior, por el solo ministerio de la ley quedará resuelta la
transferencia gratuita y el dominio del inmueble volverá a la Municipalidad de
Valdivia".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la
República.
Santiago, ocho de enero de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río.
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